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martes, 3 de junio de 2008

Estudio de Señalización

En el vinculo de evidencias se encuentra un modelo de estudio de señalización. Espero que les parezca.

Permiso Trabajo en Caliente

Este es un modelo de formato para trabajo en caliente riesgo electrico

domingo, 18 de mayo de 2008

Matriz de elementos de Protección Personal Ladrillera

Como resultado del análisis de puestos de trabnajo de la ladrillera fuentes se desarrollo la matriz de elementos de protección personal que se encuentra en el vinculo ubicado en evidencias.

viernes, 16 de mayo de 2008

Analisis de Puesto de Trabajo PST, Molino Ladrillera

Siguiendo el vinculo a continuación podran obser los riesgos y tareas desarrolladas en un molino en una empresa ladrillera
http://spreadsheets.google.com/pub?key=pI5w4DHiPPK53z1XPnhMEEw

Panorama Temp. Ladrillera

Siguiendo el viculo se encuentra el panorama de algunas de las áreas de una pequeña ladrillera
http://spreadsheets.google.com/pub?key=pI5w4DHiPPK51SB1i18w-cw

domingo, 20 de abril de 2008

Objetivo Planteados para la Política

  1. Implememntar un programa de mantenimiento preventivo y correctivo para las maquinas y equipos de la planta de producción (Efiacia)
  2. Determinar un plan de entrega y reposición de elementos de protección personal para los trabajadores (Eficiencia)
  3. Dotar a todos lo trabajadores de elementos de protección personal de acuerdo a las necesidades determinadas para cada uno de los cargos y actividades desarrolladas en la planta de producción (Efectividad)
  4. Fijar una política de prevención de accidentes para minimizar la ocurrencia de los mismos y evitar sobrecostos en la nómina (Eficacia)

lunes, 31 de marzo de 2008

Politica Salud Ocupacional Ladrillera Fuentes


POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL
LADRILLERA FUENTES


Nuestra Empresa esta comprometida en mantener un programa de Salud Ocupacional con el fin de propiciar el más alto grado de bienestar fisco y sicolaboral de sus trabajadores en todos sus oficios, y evitar que las diferentes actividades laborales desarrolladas sean una amenaza para su salud, la de los contratistas, de la sociedad y del medio ambiente.

En cumplimiento de esta política, desarrollaremos en su totalidad la legislación aplicable, los estándares que atañen a nuestro objeto industrial y nuestras políticas corporativas.

Igualmente brindaremos las condiciones y los recursos necesarios para que la implementación del plan de salud ocupacional se lleve a cabo con eficiencia y continuidad.

Para lo cual nos comprometemos a:


¨ Cumplir con todas las normas legales vigentes en Colombia en cuanto a Salud Ocupacional y Seguridad Integral.

¨ Procurar mantener el bienestar físico y mental de cada uno de los trabajadores de la empresa.

¨ Todos los niveles de dirección son responsables por mantener un ambiente de trabajo sano y seguro.

¨ Todos los trabajadores son responsables por su seguridad, la del personal bajo su cargo y la de la empresa.

¨ El control de cualquier riesgo estará en primer lugar de prioridades en el desarrollo de actividades de cualquier trabajo.




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Representante Legal





Bogotá, Marzo 2008

martes, 4 de marzo de 2008

Presentación Sistema de Seguridad Social en Colombia











































































































































RESUMEN SEGURIDAD SOCIAL

La seguridad social es la consecuencia de un sin número de actos inseguros que ha tenido que afrontar el hombre a lo largo de su existencia: terremotos, rayos, inundaciones, incendios, sequías, caídas, ataques de animales etc. Actos que conllevan a que el ser humano se vuelva sedentario y aprenda a guardar provisiones y a protegerse del medio en que vive, a fin de prevenir enfermedades y obtener un ahorro (de acuerdo a la época), para subsistir en la vejez.

La seguridad social a través de los tiempos se fue desarrollando con el firme y único propósito de proteger a la población trabajadora en el momento del desarrollo de sus tareas diarias como en su vida personal y futura.

Se buscaron muchas formas hasta encontrar la más adecuada que diera cobertura al trabajador en los dos ámbitos que se desarrollaba, su trabajo y su familia, así como proteger su futuro económico al dejar de trabajar.

En colombia las primeras instancias para este se dieron a través del código sustantivo del trabajo, pero con el tiempo se vio la necesidad de modificar estos procesos de salud y pensión, ya que los entes estatales creados para tal fin no suplían todas las necesidades de la población trabajadora.

Fue por esta razón que para el año de 1993 el congreso aprobó la llamada ley de la seguridad social, la ley 100 de 1993, que trajo grandes reformas para el país en el sistema general, permitiendo el ingreso de la empresa privada para la administración de la salud, pensión y los riesgos profesionales.

Con la expedición de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, se crearon las Empresas Promotoras de Salud EPS, las Administradoras de Pensión AFP y las Administradoras de Riesgos Profesionales ARP.
Toda persona que tenga vínculo laboral, debe estar afiliado en salud a una EPS, en Pensión a una AFP y tener cubrimiento de una ARP.

Todos y cada uno de estos sistemas, fueron siendo reglamentados año tras años hasta llegar al momento en el que nos encontramos, procurando dar cobertura no solo a la población trabajadora, sino a su familia.

jueves, 28 de febrero de 2008

BREVE RESEÑA DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

Con base en el mandato constitucional se expidieron la Ley 100 de 1993 y el Decreto-ley 1295 de 1994, normas que definen el sistema de seguridad social y del seguro ATEP.La reforma pretendió resolver las limitaciones que había en materia de alcance y cobertura del sistema, así como mejorar o mantener las prestaciones asistenciales y económicas que reconocía el sistema anterior al trabajador enfermo o accidentado en el trabajo. Las leyes, reglamentos y normas de seguridad social, establecidos y regulados en el modelo vigente de seguridad social integral, desarrollan un sistema de pensiones, salud, riesgos profesionales y servicios sociales complementarios con participación de entidades públicas y privadas. En términos generales, se puede afirmar que la reglamentación de la seguridad social ha tenido un extenso desarrollo en el proceso de montaje y puesta en marcha, incluso excesivo en la regulación.
El Decreto-ley 1295 de 1994, acogió todas la normas vigentes en materia de salud ocupacional, en las cuales se establecen las previsiones universalmente aceptadas sobre el tema, circunstancia que constituye una importante herramienta para garantizar los derechos a la salud, al trabajo ya un ambiente de trabajo saludable de la población trabajadora.Esta norma ha sido reglamentada a través de una serie de Decretos, entre los cuales vale la pena resaltar el 1772 de 1994, sobre afiliación y cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales; el 1832 de 1994, por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales; el 1530 de 1996, sobre afiliación, clasificación, cotizaciones, al Sistema General de Riesgos Profesionales; el 917 de 1999, Manual Único para la Calificación de Invalidez, y el 2463 de 2001 sobre integración, financiación y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.
• Existen varias normas respecto al registro y notifi cación obligatoria de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, que deben cumplir los empleadores y todas las instituciones que intervienen en dicho proceso.
• La tabla de enfermedades profesionales corresponde a un listado mixto de grupos de enfermedades: consigna 42 patologías, algunas de manera taxativa, dando el nombre del trastorno o enfermedad, como en el caso de las primeras 23, y algunas otras definidas como grupos de enfermedades ligadas en forma genérica al agente de riesgo ocupacional, como el caso de asma, cáncer o infecciones ocupacionales.
• En cuanto a la califi cación del origen de los riesgos profesionales, la legislación actual prevé que toda enfermedad o patología, accidente o muerte, que no haya sido clasificado como de origen profesional, se considera de origen común.El instrumento legal para la califi cación de la pérdida de la capacidad laboral es fundamental en la definición del otorgamiento de los derechos que le corresponden al trabajador, con el fin de resarcir el daño, tanto en materia económica como asistencial.
• La Ley 789 define el Sistema de Protección Social como el conjunto de políticas públicas orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, especialmente de los más desprotegidos. Con la creación de este sistema se propone avanzar en la construcción de una sociedad más equitativa.
• La Ley 776 de 2002 modifica diferentes artículos del Decreto 1295/94, estableciendo nuevos criterios y normas sobre la organización, administración y prestaciones del sistema.
• La afiliación de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Profesionales se ha iniciado con quienes realizan contratos de carácter civil, comercial o administrativo con personas naturales o jurídicas, mediante la expedición del Decreto 2800 de 2003. Se espera ampliar progresivamente la cobertura del sistema afiliando a otros grupos de trabajadores.
• La Dirección General de Riesgos Profesionales, con objeto de velar por el buen funcionamiento y desarrollo del Sistema General de Riesgos Profesionales, expidió 28 circulares dirigidas a las entidades administradoras de riesgos profesionales y empresas del sector público y privado, las cuales fueron unificadas en un solo cuerpo, mediante la Circular Unificada de 2003.Tomado del texto final del diagnostico de condiciones de la salud ocupacional y el sistema general de riesgos profesionales en Colombi, realizado por el SENA, Ministerio de la Protección Social, Año 2005